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El Juzgado da la razón al Ayuntamiento de Riba-roja que denegó el reingrenso del intendente jefe

Una sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 7 de Valencia ha avalado la decisión del actual equipo de gobierno de Riba-roja de Túria de denegar el reingreso del intendente principal a su plaza al considerar que un fallo previo del Tribunal Supremo anuló este puesto de trabajo creado por el PP por ser ilegal tras aceptar un recurso del abogado del Estado. El dictamen del juzgado ratifica, además, que no se han vulnerado en ningún momento los derechos fundamentales alegados por el trabajador.

Los hechos recurridos por el empleado arrancan en julio de 2010 cuando empezó a ocupar el puesto de intendente jefe, en comisión de servicios, hasta que en julio de 2012 pasó a desempeñar la plaza en propiedad tras ganar un concurso-oposición. En enero del año 2015 solicitó su traslado al Ayuntamiento de Manises, en otra comisión de servicios, que vencía, justamente, en enero de este año.

Sin embargo, el nuevo de gobierno de Riba-roja -formado por el PSPV, Compromís y Esquerra Unida- denegó la solicitud del empleado público y solicitó un pronunciamiento de la sala, ahora aceptado, sobre los términos en los que debía ser ejecutada la sentencia del Tribunal Supremo que anulaba, justamente, diversas plazas de trabajo -entre ellas la de intendente jefe-, y una subida salarial decretada por el Partido Popular en 2010 que suponía aumentos medios del 3'2%, muy por encima del 0'3% del índice de precios al consumo (IPC), recurrida en su momento por el abogado del Estado.

La sala de lo contencioso-administrativo avala en su dictamen la legalidad de las decisiones adoptadas por el actual ejecutivo de Riba-roja ya que en el momento en el que el demandante presentó su petición de reingreso "ya habían sido anulados por sentencia tanto el acuerdo inicial de la plantilla como la relación de puestos de trabajo, por lo que no existía ninguna plaza vacante en plantilla de intendente principal". Los magistrados recuerdan que han sido los tribunales "los que han dejado sin efecto y declarado la nulidad de la resolución en la que se creaba la plaza ganada por el actor".

El Ayuntamiento de Riba-roja alegaba, en su escrito de defensa, que la sentencia del Supremo "no ha dispuesto que se conserve ningún acto" incluido en la relación de puestos de trabajo auspiciada por el Partido Popular "mientras no se vuelva a crear la plaza de intendente principal, por lo que no es posible adscribir a dicha plaza a ningún funcionario", aunque reconoceal empleado la oposición que aprobó.

La sentencia emitida ahora por el juzgado rechaza que se haya violado el derecho a no sufrir indefensión por parte del trabajador "pues consta que ha podido utilizar todos los recursos que la ley pone a su alcance en defensa de sus intereses" y añade que tampoco se ha infringido "el trámite de audiencia" pues recuerda que se trata de un procedimiento "iniciado a instancia de parte, no deoficio, y la ley permite prescindir de la audiencia previa cuando no sean tenidos en cuenta otros hechos o alegaciones que las aducidas por el interesado". La sala impone al recurrente a asumir las costas del proceso.

El equipo de gobierno de Riba-roja de Túria ha resaltado "el respeto total y absoluto a todas las decisiones que marcan las instancias judiciales" y han destacado que el fallo del juzgado de lo contencioso-administrativo "avala plenamente las decisiones que el gobierno local ha tenido que tomar para acatar la sentencia que en su momento dictó el Tribunal Supremo ante un acto injusto e ilegal del Partido Popular que, aprovechando la cercanía electoral, llevó a cabo con el dinero de todos los contribuyentes".

El recurso que en momento interpuso la abogacía del Estado, base de los fallos posteriores del Tribunal Superior de Justicia valenciano y del Supremo, consideraba que se había dispuesto una jornada partida e irregular a 29 trabajadores con incrementos retributivos entre los 153 y los 697 euros; retribución y responsabilidad de ejercer como letrado municipal con un factor complementario cifrado en otros 11.323 euros; además, se reconoce un factor de festividad a las limpiadores municipales, con aumentos de entre 317 y 383 euros.

Según la abogacía, se retribuyeron dedicaciones especiales con aumentos de entre 1.000 y 1.797 euros, la creación de nuevas jefaturas de servicios y negociados con otras subidas de entre 674 y 2.629 euros, otros puestos son considerados por su mayor responsabilidad, otros por su especial dificultad técnica son incrementados con entre 674 y 2.560 euros, además de crear la plaza de intendente jefe y otras dos de técnico de educación infantil y se amortizan otras 5 plazas.
Publicat per Àgora CT. Col·lectiu Cultural sense ànim de lucre per a promoure idees progressistes Pots deixar un comentari: Manifestant la teua opinió, sense censura, però cuida la forma en què tractes a les persones. Procura evitar el nom anònim perque no facilita el debat, ni la comunicació. Escriure el comentari vol dir aceptar les normes. Gràcies

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